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GRUPO DE RESCATISTAS EN EMERGENCIAS PRE-HOSPITALARIAS
PLANES DE FORMACIÓN DEL MIEMBROS VOLUNTARIOS
Artículo 26. Los Técnicos en Rescate y Emergencias Prehospitalaria de la Fundacion Grupo de Rescatista en Emergencia Pre-hospitalarias y Asistencia en Prevención y promoción de la Salud, Estará Conformada Por Todos Los Miembros Voluntarios de Las Agrupaciones Que La Integran.
Artículo 27. La coordinación general , se encargara de establecer las políticas, objetivos y programas, tendientes a la captación, selección, formación y evaluación de los miembros de acuerdo a las normas y procedimientos que se establezcan para tales fines.
Artículo 28. Las agrupaciones deberán regirse estrictamente por el plan de estudios establecido por la coordinación General y certificado por la junta Directiva de la Fundacion y sus Convenios de Cooperación.
Artículo 29. La coordinación general, realizara revisiones y evaluaciones periodísticas al plan de estudios a fin de adaptarlo a las necesidades y dinámicas.
Artículo 30. La coordinación general, a través de sus unidades orgánicas se encargara de la supervisión y evaluación de la ejecución establecidos por esta.
Artículo 31. El no cumplimiento del plan de estudios por algunas de las agrupaciones inducirá a la aplicación de sanciones administrativas a que hubiere lugar, por parte de la coordinación general.
Artículo 32. Los horarios, recursos a utilizar y aplicación del plan de estudio están especificados dentro del mismo, por lo tanto su observancia y seguimientos deben ser escrito sin modificaciones.
