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GRUPO DE RESCATISTAS EN EMERGENCIAS PRE-HOSPITALARIAS
INGRESOS Y EGRESOS DEL PERSONAL
Artículo 64. Para ingresar a la Formacion el aspirante a Tecnico en Rescate de Emergencias Prehospitalaria, deberá cumplir los siguientes requisitos:
a.- Estar inscrito y estudiando en algún plantel educativo (Bachiller).
b.- grado mínimo de instrucción Bachiller cursado y aprobado
c.- no tener impedimentos físicos ni mentales
d.- estatura mínima 1,65 metros
e.- certificado de salud expedido por un medico
f.- partida de nacimiento (original y copia)
g.- fotocopia de la cedula de identidad
h.- Carta de Postulación de consejo comunal
i.- llenar planilla de inscripción (formato establecido)
J.-dos fotografías de frente del aspirante tipo carnet.
Artículo 65. La edad minima de aceptación de un aspirante Formación será de 16 años edad, cualquier condición contraria a esta deberás ser autorizada por el coordinador general.
Artículo 66. La edad tope permitida para permanecer en las diferentes Formación es sera segun la voluntad de cada participante.
Artículo 67. El Técnico dejara las filas de la organización en los casos siguientes:
Manifestación expresada y por escrito ante de la coordinación General de la Fundacion.
Haber alcanzado la mayor de Edad dentro de lo establecido para su permanencia.
Por decisión del Comité de Disciplina de la Organización.
Por violación de lo establecido en el régimen Disciplinario de la Organización.
Por Violación de los Reglamentos, normas y costumbre prehospitalario.
Comité Disciplinario
Artículo 68. Para conocer y sancionar las infracciones de su competencia se creara el comité de Disciplina de la Organización el Cual estará Conformado:
El Coordinador General.
El coordinador adjunto o delegado de la promoción.
Por la Agrupación:
Un Instructor responsable de las Actividades.
El Contralor del Personal (Coordinador dIsciplinarios)
El Coordinador Académico, ante la ausencia de alguno de los dos.
Artículo 69. Cundo el Instructor Responsable Tuviere conocimiento de haberse cometido una falta que a su juicio deba ser evaluada por el comité de Disciplina; notificara al incurso de la falta cometida y se convocara el comité inmediatamente.
Artículo 70. Instalada el Comité se abrirá el expediente de rigor en privado y se anexara allí toda la información consiente al caso, se realizara debate verbales y sus decisiones es por escrito, se realizara dos reuniones en un lazo de 15 días como mínimo a partil del momento de su instalación, toda las investigaciones se mantenerse en secreto todo lo actuado hasta tanto sea resulto por el comité de Disciplina.
la Convocatoria al comité Disciplinario es de carácter de Obligatoriedad para todos sus integrantes, cualquier ausencia o proceder inadecuado según lo establecido por el manual de normas y procedimientos, será sancionado de acuerdo al régimen Disciplinario interno, para el caso de los Prehospitalaria según lo establecido en los artículos del presente reglamento.
Artículo 71. La Sanciones que se imponga será ejecutada por los instructores, quienes canalizaran con las instancias superiores Fundacion, la elaboración de la respectiva resolución, de ser el caso, cesando sus funciones y cargo mientras el comité delibera.
