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FUNCIONES  DEL INSTRUCTOR – JEFE DE LA AGRUPACION

Artículo 60. El instructor –jefe  de cada agrupación tendrá como responsabilidad primordial de la conducción y administración Formación  asignada, además de:

a.-reportar al coordinador general, todo lo concerniente al desarrollo de las actividades así como los programas a educar y evaluación de esto.

b.- evaluar los programas ejecutados a fin de suministrar de información requerida de la coordinación general.

c.- supervisar la actuación y trabajo desarrollado por las distintas unidades orgánicas.

d.- presentar los informes de actividades  a la coordinación general.

e.- imponer las sanciones requeridas a las faltas cometidas por los Aspirantes.

f.- solicitar al coordinador general la instalación del comité de disciplina, cuando la falta así lo amerita.

g.- supervisar todas las actividades inherentes a la formación de los aspirantes a su mando, así como otras tareas asignadas por el coordinador general.

h.- presentar al coordinador general las nominaciones a su ascenso, premiaciones y condecoraciones para que conjuntamente se logre su aprobación.

i.- solicitar la aprobación respectiva, ante el coordinador general y el jefe de la unidad de voluntarios,  desee realizar cualquier actividad con el propósito de proveerse de medios externos a la institución, que permite  el buen funcionamiento de esta.

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