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GRUPO DE RESCATISTAS EN EMERGENCIAS PRE-HOSPITALARIAS
FUNCIONES DE LAS UNIDADES ORGANICA DE LA FORMACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PROFESIONAL DE TÉCNICOS EN RESCATE PREHOSPITALARIA.
Artículo 15. Tiene como responsabilidad el Coordinador General, la elaboración de programa normativos y procedimientos, necesarios y suficiente, que permitan la funcionalidad administrativa y operacional de la Organización de Formacion, así como su evaluación y correcciones periódicas, para adecuarlas a las necesidades y realidad de la Académicas.
Artículo 16. La unidad Orgánica que integra la Formación de (TREPH) tendrá la responsabilidad de mantener operacional y administrativamente, siendo elementos de enlace para la ejecución y control de todas las actividades a ser desarrolladas por estas.
Artículo 17. Los elementos responsables de la Unidad Orgánica deberán:
Ser Técnicos en Emergencias Profesional.
Tener como mínimo 02 años de antigüedad, adscrito a la Fundacion
Tener conocimiento de la planificación y desarrollo de la Formación Académicas
Artículo 18. Las Funciones a desarrollar por la Unidad orgánica se especificaran en el manual de normas y procedimientos respectivo.
