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Uniforme y su uso

Artículo 91. El uso del uniforme será exclusivo para el personal de los aspirantes, ningún funcionarios podrá usar ni las insignias ni la las prenda, los uniforme especificado en este reglamento tiene por finalidad caracterizar al personal permitiendo a simple vista su identificación, sin prejuicio de los establecido de la ley del ejercicio de la profesión.

El uso de los uniformes prescritos en este reglamento debe ser motivo de orgullo personal para todo componente, por lo tanto cada persona, servicio dentro de ella, debe ser aseada en su forma de vestir y pórtalo con marcialidad.

Artículo 92. El uniforme se utilizara completo y sin alteraciones, quedando prohibido al personal utilizar prenda con signos de deterioro y será para actos y eventos relacionado con la fundación, bajo la autorización del coordinador general.

Artículo 93. Todo con relación al uso del uniforme será desarrollado con mayor profundidad una vez se desarrolle el uso y podrá ser modificado luego el tema de importancia

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